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Minae gana pulso a Aresep: Procuraduría dicta que generación distribuida para autoconsumo no es servicio público

Aresep sostenía que ley establecía que sí era un servicio público

Ministerio deberá impulsar reglamento para regulación del servicio

Julio 02,2015

El Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) le ganó el pulso a la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (Aresep) y la Procuraduría General de la República (PGR) dictaminó en un informe que la generación distribuida para autoconsumo (paneles solares o torres eólicas pequeñas) no es un servicio público, como lo estableció el ente regulador.

Tras una consulta del jerarca de esa cartera, Edgar Gutiérrez, la PGR en su informe C-165-2015, con fecha del 25 de junio de 2015, indica que la “prestación es un elemento fundamental de la actividad en servicio público, por lo que una actividad que no sea de prestación al público no puede ser considerada servicio público. Ese es el caso de la distribución de energía eléctrica para autoconsumo”.

La Aresep sostenía que por ley la generación distribuida para autoconsumo (conocida como neteo simple) era un servicio público. Argumentando que se conectaría a la red de distribución y mediante el reglamento Poasen definió las condiciones técnicas que se requerían y únicamente restaba el título habilitante de parte del Minae.

Para la PGR, no es un servicio público debido a que no tiene como fin el suministro de energía a los usuarios finales y señala al ministerio como el ente rector que deberá definir la política pública en materia. En concreto, también la política sobre generación distribuida.

“La PGR lo que hace es confirmar la posición que tenía el ministerio de que la generación distribuida para autoconsumo no es un servicio público, por lo tanto el autoconsumo no tiene que ser regulado por la Aresep”, comentó el ministro Gutiérrez.

Reglamento casi listo

El Minae ya tiene listo un reglamento sobre este tema que saldrá a consulta en los próximos días. Deberán incluirse algunos puntos de vista apuntados por la PGR y una vez que pase por los mecanismos de consulta irá al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (Meic) para establecer la norma regulatoria.

“Neteo simple es autoconsumo, es decir no hay venta de energía a nadie. Yo genero la energía solar o eólica, la uso y si me hace falta la uso de la red, como lo hace cualquier usuario (…) Una de las opciones es que yo genero la energía, la almaceno en una batería y la uso después (…) Si no tengo, estoy conectado a la red y la distribuidora donde yo viva tendrá que definir los cánones que habría que pagar; ya sea de peaje, de respaldo o interconexión”, describió el jerarca.

La Aresep perseguía que el abonado cancelara mensualmente el costo de acceso a la red, establecido en un pliego tarifario vigente al momento de facturación. Sobre la generación distribuida por concesión (denominada como neteo compuesto), se establece que si la persona genera más de lo que consume, la empresa distribuidora debe pagar.

“Ahí sí hay una venta de servicio, estoy generando e inyectando a la red. En ese sentido si debe ser regulada por Aresep”, agregó el ministro.

Interpretación de ley

Gutiérrez manifestó que tras escuchar en una oportunidad a Dennis Meléndez, regulador general de Aresep, ‘entendió’ que ese ente no quería trabajar en el neteo simple. “Entendimos que había que trabajar en eso y que debía ser el Minae”, reseñó.

“En cierto punto tiene razón, hay un sentido lógico, Aresep es la reguladora y la gran pregunta era que si yo genero energía para autoconsumo debía considerarse como un servicio público. Dimos el paso siguiente, de hacerlo por decreto, antes de que el abogado del Estado (la PGR) nos dijera que esta era la senda a seguir”, expuso el funcionario.

Erick Rojas, vicepresidente de la Cámara de Empresas Distribuidoras de Energía y Telecomunicaciones (Cedet), quienes acuerparon al Minae, se dijeron satisfechos en el sentido de que la PGR ‘pone en cintura’ a la Aresep y le indica que la normativa, junto con las tarifas emitidas, no tienen razón de ser.

Fuente: crhoy.com

 
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